ASPECTOS LEGALES PARA LA PRODUCCIÓN Y EXPORTACIÓN A LA UE DE MIEL DE ABEJAS
Objetivos:
- Dar respuesta a demanda de algunos asociados entorno a información de aspectos legales que rigen la producción y exportación de miel de abejas a la Unión Europea.
- Reunir y dar a conocer documentos legales entorno a la producción de miel de abejas.
- Respaldar actividades programadas en el POA 2009 del comité de miel.
Producción de miel en Guatemala:
1. Conocer los acuerdos ministeriales No. 355 y 631 del MAGA.
El Acuerdo Ministerial 355
El Acuerdo Ministerial 631
Importancia de estos acuerdos: Previo a exportar miel, se debe tramitar certificado apícola en el departamento Apícola de Normas y Regulaciones del MAGA, para extenderles el certificado apícola, ya deben de tener el certificado de productor y/o acopiador.
Los productores y/o acopiadores que aún no tengan la licencia deben de llenar los formularios respectivos de solicitud. Mayor información: Departamento Apícola de la UNR del MAGA, Tel. 2413-7454
Para la miel orgánica, la producción nacional deberá realizarse acorde a lo que dicta el Manual de Agricultura Orgánica inciso IV.3 Mayor información: Departamento de Agricultura Orgánica de la UNR del MAGA, Tel. 2413-7454
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Miel de abejas en la Unión Europea:
1. Reglamento (CE) No. 178/2002, respecto a la trazabilidad del producto, por medio de un plan de trazabilidad.
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2. Directiva 96/23/CE, respecto a las medidas de control aplicables a determinadas substancias y sus residuos en los animales vivos y sus productos. El mismo indica el contenido para un plan de vigilancia en la detección de residuos y sustancias, medidas a tomar en caso de infracción, importaciones procedentes de países terceros, listado de substancias a detectar, estrategia de muestreo, niveles y frecuencia de muestreo.
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3. Reglamento (CE) No. 852/2004, respecto a la higiene de los productos alimenticios Relacionados a APPCC (Análisis de peligros y puntos críticos de control.
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4. Reglamento (CE) No. 853/2004, respecto a normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal. Ver anexo II del documento: requisitos relativos a varios productos de origen animal, pagina 15.
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5. Reglamento (CE) No. 854/2004, respecto a normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano. El mismo considera que el reglamento (CE) No. 852/2004 establece normas generales de higiene aplicables a productos alimenticios y el reglamento (CE) 853/2004 establece normas de higiene específicas para los productos de origen animal.
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Miel de abejas con certificación orgánica en la Unión Europea:
Adicionalmente a lo anterior, la miel orgánica debe cumplir con:
1. Reglamento (CEE) 2092/91 sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios. Ver página 40 del documento.
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2. El reglamento (CEE) 2092/91, a partir de Enero del 2009, este reglamento será derogado por los reglamentos:
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Reglamento (CE) No. 834/2007, respecto a producción y etiquetado de productos ecológicos
Reglamento (CE) No. 889/2007, respecto a disposiciones de aplicación del reglamento (CE) No. 834/2007.
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